Código: A2.10
Plazo de presentación: Hasta el 15 de julio de 2025.
Fecha de fin: 15/07/2025
Tema: Educación
Categoría: Becas en España
Entidad convocante: Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Presentación:
- Presentación telemática o presencial, se podrá pedir cita previa en cualquiera de las oficinas de registro de la Comunidad de Madrid.

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Requisitos:
Alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid para el curso 2025/2026.
Descripción:
- La presente orden establece el importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de becas para el comedor escolar durante el curso 2025/2026.
Dotación:
- a) Familias receptoras de renta mínima de Inserción o beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital a la que se le ha extinguido la Renta Mínima de Inserción: 979 euros para el curso escolar.
- b) Familia beneficiara del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita inferior a 3.000 euros y que no se encuentre en el supuesto del apartado anterior: 979 euros
para el curso escolar.
- c) Familia beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita desde 3.000 euros hasta 8.400 euros y que no se encuentre en el supuesto del apartado a, familia con una renta per cápita inferior a 8.400 euros, familia con algún miembro de la unidad familiar víctima de violencia de género o víctima del terrorismo, familia con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Fuerzas Armadas con destino en la Comunidad de Madrid, alumno en situación de acogimiento familiar: 445 euros para el curso escolar.
- d) Alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar: el coste del comedor escolar del centro donde se encuentre matriculado.
- e) Familia con algún miembro beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades y alumnos beneficiarios de protección temporal por el conflicto de Ucrania: el coste del comedor escolar del centro donde se encuentre matriculado.
- f) Alumnos en situación de acogimiento residencial, cuya guardia o tutela se ejerce por la Consejería competente en materia de infancia y adolescencia y alumnos escolarizados al amparo de los Convenios y Acuerdos establecidos por la Consejería competente en materia de Educación con la Consejería competente en materia de infancia y adolescencia (alumnos sobre los que la citada consejería dictamina que se encuentran en situación de urgencia social), Ministerio competente en materia de Instituciones Penitencias (alumnos cuyas madres se encuentran en alguna
Institución Penitenciaria) y Consejería competente en materia de violencia de género (alumnos cuyas madres, víctimas de violencia de género, se encuentran en un
centro de acogida de la Comunidad de Madrid): el coste del comedor escolar del centro donde se encuentre matriculado.
- g) Familia numerosa con una renta per cápita a partir de 8.400 euros e inferior a 10.000 euros, 295 euros.
- Los alumnos que determine el Ayuntamiento de Madrid en virtud del convenio suscrito con la Comunidad de Madrid con fecha 14 de mayo de 2025, podrán recibir una aportación complementaria, por la cuantía que establezca el Ayuntamiento.
Fuente: BOCM 17/06/2025 Nº 143.
Información elaborada por Centro Regional de Información y Documentación Juvenil (CRIDJ)