Ayudas para Proyectos de Cooperación Cultural en el Medio Rural.
Código: A2.5
Plazo de presentación: Hasta el 1 de julio de 2025.
Fecha de fin: 1/07/2025
Fecha de fin: 1/07/2025
Tema: Cultura
Categoría: Subvenciones y ayudas
Entidad convocante: Ministerio de Cultura
Fechas:
Los proyectos deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.
Presentación:
Requisitos:
- Personas jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que se comprometan llevar a cabo los proyectos y actividades de manera colaborativa, actuando en agrupación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.b) de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
- Las personas y entidades participantes en la agrupación, tengan o no ánimo de lucro, deberán tener residencia fiscal en España, y encontrarse legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro, deberán tener la condición de microempresa o pequeña empresa, de acuerdo con la definición que prevé el artículo 2 del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las agrupaciones de interés económico (A.I.E.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.).
- Las personas y entidades participantes en la agrupación, tengan o no ánimo de lucro, deberán tener residencia fiscal en España, y encontrarse legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro, deberán tener la condición de microempresa o pequeña empresa, de acuerdo con la definición que prevé el artículo 2 del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las agrupaciones de interés económico (A.I.E.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.).
Descripción:
- Objeto: la realización de proyectos de cooperación cultural en zonas rurales, que favorezcan la innovación colaborativa y la creación de alianzas, y supongan una contribución relevante y significativa al desarrollo del ecosistema cultural territorial, facilitando asimismo la participación ciudadana.
- Se podrá solicitar ayudas dentro de esta convocatoria para proyectos culturales que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser realizados de manera colaborativa por empresas y/o entidades sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, procedentes de al menos tres comunidades autónomas diferentes.
- Ser realizados en el medio rural, entendiendo por tal:
- Los municipios que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2.
- En todo caso, los municipios de población inferior a los 5.000 habitantes, con independencia de su densidad poblacional.
- Podrán concurrir entidades que no tengan su sede en el medio rural así definido siempre que el proyecto se desarrolle en municipios comprendidos en el apartado anterior.
- Cumplir todas o algunas de las finalidades establecidas en el artículo 1 de la Resolución por la que se convocan las ayudas.
- Se podrá solicitar ayudas dentro de esta convocatoria para proyectos culturales que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser realizados de manera colaborativa por empresas y/o entidades sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, procedentes de al menos tres comunidades autónomas diferentes.
- Ser realizados en el medio rural, entendiendo por tal:
- Los municipios que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2.
- En todo caso, los municipios de población inferior a los 5.000 habitantes, con independencia de su densidad poblacional.
- Podrán concurrir entidades que no tengan su sede en el medio rural así definido siempre que el proyecto se desarrolle en municipios comprendidos en el apartado anterior.
- Cumplir todas o algunas de las finalidades establecidas en el artículo 1 de la Resolución por la que se convocan las ayudas.
Dotación:
- Cuantía total máxima de 680.000 euros.
- La cuantía total máxima a conceder a cada agrupación beneficiaria será de 120.000 euros. Dicha cantidad no podrá suponer más del 80% del coste total del proyecto.
- La cuantía total máxima a conceder a cada agrupación beneficiaria será de 120.000 euros. Dicha cantidad no podrá suponer más del 80% del coste total del proyecto.
Fuente: BOE 03/06/2025 Nº 133.
Información elaborada por Centro Regional de Información y Documentación Juvenil (CRIDJ)