Subvenciones a Entidades sin Fin de Lucro para Acciones Dirigidas a la Inserción Sociolaboral de Personas conDiscapacidad
Código: A4.72 ; A2.1.4.1
Plazo de presentación: Hasta el 13 de junio de 2023.
Fecha de fin: 13/06/2023
Fecha de fin: 13/06/2023
Tema: Personas con discapacidad, ONGS
Categoría: Subvenciones y ayudas
Entidad convocante: Comunidad de Madrid, Consejería de Familia, Juventud y Política Social
Fechas:
Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Presentación:
- A través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid.
- Más información en el enlace web.
>www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/05/22/BOCM-20230522-14.PDF
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- Más información en el enlace web.
>www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/05/22/BOCM-20230522-14.PDF

Requisitos:
- Entidades que reúnan los siguientes requisitos, que deberán mantenerse hasta el momento de justificación de los gastos realizados con cargo al proyecto:
- Carecer de fin de lucro.
- Contemplar en sus fines institucionales, de forma específica, la atención a personas con discapacidad.
- Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid, en el sector de atención a personas con discapacidad y tipología para el que solicita la presente subvención, a 31 de diciembre de 2022.
- No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al responsable y/o encargado de tratamiento de datos personales la normativa vigente.
- Las entidades subvencionadas en la convocatoria anterior deberán haber justificado en tiempo y forma la subvención concedida.
- Ausencia de conflicto de intereses con el personal de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.
- Disponer de el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
- En ningún caso podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en el artículo 4.5 y 6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- Carecer de fin de lucro.
- Contemplar en sus fines institucionales, de forma específica, la atención a personas con discapacidad.
- Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid, en el sector de atención a personas con discapacidad y tipología para el que solicita la presente subvención, a 31 de diciembre de 2022.
- No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al responsable y/o encargado de tratamiento de datos personales la normativa vigente.
- Las entidades subvencionadas en la convocatoria anterior deberán haber justificado en tiempo y forma la subvención concedida.
- Ausencia de conflicto de intereses con el personal de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.
- Disponer de el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
- En ningún caso podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en el artículo 4.5 y 6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Descripción:
- Objetivo: la concesión con cargo al ejercicio económico de 2023 de subvenciones a entidades de iniciativa social sin fin de lucro que lleven a cabo actuaciones, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, ya sea física, intelectual, enfermedad mental o sensorial, todo ello con la finalidad de promover su inclusión activa y mejorar su empleabilidad.
- Acciones subvencionables:
- Itinerarios integrados de inserción.
- Servicios de acompañamiento y apoyo.
- Acciones subvencionables:
- Itinerarios integrados de inserción.
- Servicios de acompañamiento y apoyo.
Dotación:
Dotación máxima de 60.000 euros.
Fuente: BOCM 22/05/2023 Nº 120.
Información elaborada por Centro Regional de Información y Documentación Juvenil (CRIDJ)