Ayudas Máster Derecho Militar.
Código: A2.10 ; N2.2.8
Plazo de presentación: Hasta el 7 de mayo de 2025.
Fecha de fin: 7/05/2025
Fecha de fin: 7/05/2025
Tema: Educación, Ministerio de Defensa
Categoría: Subvenciones y ayudas
Entidad convocante: Ministerio de Defensa, Mando de Adiestramiento y Doctrina.
Presentación:
Los/as interesados/as presentarán su solicitud, con la documentación anexa, mediante SIMENDEF dirigido al Secretario General del MADOC especificando en el Asunto Máster Derecho Militar.
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Requisitos:
- Primera: oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra, Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra y
militares de complemento con la condición de militar de carrera de los mencionados cuerpos, que estén ocupando puestos como jefe/auxiliar de sección de personal o inteligencia en el Ejército de Tierra en unidades tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.
- Segunda: suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas y que estén ocupando puestos de jefe/auxiliar de sección de personal o inteligencia en el Ejército de Tierra en unidades
tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.
- Tercera: oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra, Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra,
militares de complemento con la condición de militar de carrera de los mencionados cuerpos y suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, que se encuentren desempeñando funciones como jefe de compañía y que estén en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas.
- Cuarta: militares de Tropa y Marinería de carácter permanente con condición militar de carrera y militares de Tropa y Marinería con compromiso de larga duración en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas y que se encuentren encuadrados en las secciones de personal e inteligencia en unidades tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.
- Quinta: militares profesionales con carácter permanente no incluidos en las prioridades anteriores y que se encuentren encuadrados en la estructura del Ejército de Tierra.
- Quedan excluidos de esta ayuda económica quienes tengan
derecho a matrícula gratuita y no abonen ningún tipo de tasa.
- Dentro de cada prioridad se realizará una prelación valorando el destino y empleo de los solicitantes, según se establece en el apartado 4.2 de la convocatoria.
militares de complemento con la condición de militar de carrera de los mencionados cuerpos, que estén ocupando puestos como jefe/auxiliar de sección de personal o inteligencia en el Ejército de Tierra en unidades tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.
- Segunda: suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas y que estén ocupando puestos de jefe/auxiliar de sección de personal o inteligencia en el Ejército de Tierra en unidades
tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.
- Tercera: oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra, Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra,
militares de complemento con la condición de militar de carrera de los mencionados cuerpos y suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, que se encuentren desempeñando funciones como jefe de compañía y que estén en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas.
- Cuarta: militares de Tropa y Marinería de carácter permanente con condición militar de carrera y militares de Tropa y Marinería con compromiso de larga duración en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas y que se encuentren encuadrados en las secciones de personal e inteligencia en unidades tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.
- Quinta: militares profesionales con carácter permanente no incluidos en las prioridades anteriores y que se encuentren encuadrados en la estructura del Ejército de Tierra.
- Quedan excluidos de esta ayuda económica quienes tengan
derecho a matrícula gratuita y no abonen ningún tipo de tasa.
- Dentro de cada prioridad se realizará una prelación valorando el destino y empleo de los solicitantes, según se establece en el apartado 4.2 de la convocatoria.
Descripción:
Objeto: la concesión de ayudas cuya finalidad es
sufragar los costes de las primeras matrículas (tasas, derechos de examen, etc.) correspondientes a la realización del Máster Universitario en Derecho Militar,
reflejado en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Defensa para el periodo 2024/2026, Orden de Defensa 13/2024, de 20 de mayo.
sufragar los costes de las primeras matrículas (tasas, derechos de examen, etc.) correspondientes a la realización del Máster Universitario en Derecho Militar,
reflejado en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Defensa para el periodo 2024/2026, Orden de Defensa 13/2024, de 20 de mayo.
Dotación:
La dotación económica es de 35.000 euros, con una ayuda máxima por alumno matriculado de 4.300 euros.
Fuente: BOE 11/04/2025 Nº88.
Información elaborada por Centro Regional de Información y Documentación Juvenil (CRIDJ)