Subvenciones a Empresas Circenses para la Atención Educativa a la Población en Itinerante en Edad de Escolarización Obligatoria para el Curso Escolar 2025/2026.
Código: A2 ; A4.6.8
Plazo de presentación: Hasta del 24 de julio de 2025.
Fecha de fin: 24/07/2025
Fecha de fin: 24/07/2025
Tema: Ayudas y subvenciones, Artes Circenses
Categoría: Subvenciones y ayudas
Entidad convocante: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Presentación:
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
>lc.cx/qWj236
>
aulas.itinerantes@educacion.gob.ese
>lc.cx/qWj236

aulas.itinerantes@educacion.gob.ese
Requisitos:
Empresas y/o empresarios dedicados a la actividad circense.
Descripción:
- Destinadas a la atención educativa de menores que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
- Se atenderá al alumnado matriculado en educación primaria en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD) que viaje con el circo y se colaborará con el CIDEAD en la orientación y supervisión de las actividades de estudio de los alumnos escolarizados en educación secundaria obligatoria.
- Igualmente, siempre que lo permita la dedicación al alumnado citado, se podrá atender a los alumnos escolarizados en etapas de educación infantil en edades comprendidas entre los tres y los seis años, postobligatorias o en educación de adultos matriculados en dicho Centro.
- La atención educativa a este alumnado se desarrollará en aulas ubicadas en una caravana facilitada por la empresa del circo al efecto, que deberá reunir, como mínimo, los requisitos establecidos en el anexo de la resolución de convocatoria.
- Se atenderá al alumnado matriculado en educación primaria en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD) que viaje con el circo y se colaborará con el CIDEAD en la orientación y supervisión de las actividades de estudio de los alumnos escolarizados en educación secundaria obligatoria.
- Igualmente, siempre que lo permita la dedicación al alumnado citado, se podrá atender a los alumnos escolarizados en etapas de educación infantil en edades comprendidas entre los tres y los seis años, postobligatorias o en educación de adultos matriculados en dicho Centro.
- La atención educativa a este alumnado se desarrollará en aulas ubicadas en una caravana facilitada por la empresa del circo al efecto, que deberá reunir, como mínimo, los requisitos establecidos en el anexo de la resolución de convocatoria.
Dotación:
Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.
Fuente: BOE 03/07/2025 Nº159.
Información elaborada por Centro Regional de Información y Documentación Juvenil (CRIDJ)